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Aumentan los controles antilavado para el sector inmobiliario

Aumentan los controles antilavado para el sector inmobiliario

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) renovó la resolución que regula el control antilavado para el sector de compra y venta de inmuebles. La nueva normativa establece parámetros de identificación de los clientes más rígidos y un monto

máximo de acogimiento a un régimen simplificado para los informes un poco más flexible.

A partir de operaciones de 150 salarios mínimos al contado o 20 salarios en doce meses para operaciones fraccionadas, los sujetos obligados, entre los que se incluye a inmobiliarias, corredores, desarrolladores, entre otros, deberán pormenorizar los datos del cliente, con la identificación del origen de los fondos y la corroboración de equivalencia entre los ingresos de la persona, ya sea física o jurídica, y el monto del negocio a realizarse.

“Es básicamente lo que venimos haciendo con todos los sujetos obligados, que es el establecimiento a la matriz en función a riesgo con un régimen general y otro simplificado. Esto irá en función a los perfiles y las alertas que tendrán que diseñar, también la delimitación de la figura del oficial de cumplimiento, auditorías externas e internas”, explicó Diego Marcet, asesor jurídico de la institución.